viernes, 31 de mayo de 2013

Reflexión sobre la Materia

Con la Constitución Nacional de 1999, se enuncia los principios y metas del Estado Venezolano en relación con el trabajo de todo ciudadano; de igual manera el funcionamiento y organización de los Tribunales laborales, es por ello que fue aprobada LA LEY ORGANICA PROCESAL LABORAL (LOPT)  la cual derogo a la antigua Ley de Tribunales y Procedimientos laborales.  En la LOPT encontramos de manera clara la función  laboral de los Tribunales y la Estructura Organizacional del Circuito Judicial y la coordinación del trabajo conforme a lo establecido en el artículo 269 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y art. 15 de la LOPT. Considerándose este un avance del Derecho Procesal Laboral en nuestro país, con la cual se abandonó definitivamente un proceso lento, formalista y oneroso, el cual no garantizaba una tutela efectiva de los derechos de los trabajadores.

Es interesante adquirir de manera inequívoca el funcionamiento y organización de los Tribunales Laborales en Venezuela, para el mejor desenvolvimiento del abogado litigante en este ámbito y también de la ciudadanía en general. 

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